AGD Arquitectos cuenta con un equipo de expertos en la gestión vacacional y alquileres turísticos de inmuebles, capacitada para proporcionarle el mejor servicios técnicos, administrativos y burocráticos.
El alquiler de viviendas en España para uso turístico es competencia de cada comunidad autónoma. En Andalucía es totalmente legal desde el 12 de mayo del 2016, antes también lo era, pero no estaba regulada como uso turístico.
El decreto en sí del que hablamos es el decreto 28/2016 del 2 de febrero de viviendas turísticas de Andalucía.
AGD ARQUITECTOS se ocupa de tramitar tu licencia de alquiler turística en la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma, así como de la obtención de la Licencia de primera ocupación si no la tuviera, siendo este documento obligatorio para registro de vivienda turística .La licencia de 1ª ocupación se debe presentar en el Ayuntamiento correspondiente, dando ellos la aprobación de dicha licencia únicamente para fines turísticos, además deberá abonar una tasa en función del ayuntamiento y municipio en el que se presente.
El registro de viviendas de alquiler turístico se realiza mediante una declaración responsable, es una interesante manera de ahorrar tiempo en el proceso administrativo. En vez de tener que citarte con un inspector que acuda a tu establecimiento a inspeccionarlo y valorar su adecuación a los requisitos legales (algo para lo que a veces hay que esperar mucho tiempo), tú presentas esta declaración responsable que te permite abrir enseguida, y ya más adelante se efectuará la inspección para confirmar que es cierto lo que declaras. En este documento te responsabilizas de que el establecimiento cumple con todos los requisitos urbanísticos y del sector turismo, que tienes la documentación que lo acredita, y que te comprometes a que siga así mientras estés en activo. El profesional que haya realizado las reformas deberá intervenir en este punto.
Tiempo de realización: 48 horas.
Documento que autoriza la realización de actividades turísticas a los promotores de las mismas. Al inicio de este tipo de actividades será necesario solicitar junto a la licencia de actividad/ ambiental o apertura, la autorización de funcionamiento y actividad turística. Las competencias en materia de turismo estás transferidas a las Comunidades Autónomas, por lo que serán éstas las que establezcan los requisitos. Las licencias turísticas afectan a establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos y viviendas vacacionales, aunque la reglamentación en este último caso no está desarrollada por igual en todas las comunidades.
El alquiler de viviendas en España para uso turístico es competencia de cada comunidad autónoma. En Andalucía es totalmente legal desde el 12 de mayo del 2016, antes también lo era, pero no estaba regulada como uso turístico.
El decreto en sí del que hablamos es el decreto 28/2016 del 2 de febrero de viviendas turísticas de Andalucía, el cual debe de cumplir una serie de requisitos como Disponer de licencia de 1ªocupación y cumplir con las condiciones técnicas y de calidad exigibles, las habitaciones tendrán ventilación directa a exterior y algún sistema de oscurecimiento de ventanas, etc.
AGD ARQUITECTOS se ocupa de tramitar tu licencia de alquiler turística en la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma, así como de la obtención de la Licencia de primera ocupación si no la tuviera, siendo este documento obligatorio para registro de vivienda turística .La licencia de 1ª ocupación se debe presentar en el Ayuntamiento correspondiente, dando ellos la aprobación de dicha licencia únicamente para fines turísticos, además deberá abonar una tasa en función del ayuntamiento y municipio en el que se presente.
Tiempo de realización: 3 a 6 días hábiles.
AGD arquitectos ofrece un servicio integral de gestión de apartamentos, casas y chalets turísticos en la zona de Axarquía, Málaga. Somos una empresa que gestiona tu vivienda para el alquiler por un corto periodo de tiempo a turistas de todo el mundo. Nos encargamos de gestionar de principio a fin todo lo necesario para que su propiedad obtenga el mayor beneficio posible.
Captamos huéspedes interesados en este tipo de alojamientos mediante las distintas páginas web dedicadas a ello que ofrece el sector.
Nos encargamos de gestionar las reservas, entrega de llaves, limpieza del apartamento y limpieza de sabanas y toallas y le facilitamos al cliente un número de teléfono disponible 24 horas para cualquier problema que pueda surgir durante su estancia y resolverlo lo más rápido posible.
Toda la información acerca de la normativa en Málaga la encontrarás en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la que se describen las disposiciones generales y requisitos para los alojamientos turísticos en Málaga. Los propietarios están obligados a inscribir las viviendas en un registro especializado creado para las viviendas de economía colaborativa.
¿Es más rentable que el alquiler tradicional ? Una vivienda vacacional puede llegar a ser hasta 2 o 3 veces más rentable que el alquiler tradicional y no solo eso, se evitan problemas de impago de los inquilinos ya que en un alquiler turístico el inquilino paga antes de entrar, pasa un periodo corto de tiempo y vuelve a su país después de disfrutar las vacaciones en nuestra casa. Pero también hay que tener en cuenta que depende mucho del tipo de vivienda y por supuesto de la ubicación. Las casas grandes con piscina se suelen alquilar muy bien en casi toda Málaga capital, incluso en meses que no son temporada alta y para pisos suelen funcionar mejor los que están situados en el centro o en los barrios cercanos. En el caso de los apartamentos turísticos cercanos a la playa en Málaga capital el beneficio puede ser muy importante.
¿Puedo disponer de mi vivienda cuando quiera? Por supuesto si usted desea reservar unas fechas específicas, sólo tiene que comunicárnoslo para que aparezca en las páginas web como bloqueado, sólo pedimos que nos lo diga con antelación ya que una vez que este reservado a otra persona, nos hemos comprometido a alquilarlo y no podemos dejar al cliente en la estacada, somos gente seria y formal y no nos gustaría hacerle a alguien lo que no nos gustaría que nos hicieran a nosotros.
¿Hay que firmar un contrato con permanencia? Sí, hay que firmar un contrato para que usted nos autorice a gestionar su vivienda, pero no con permanencia, no somos una compañía telefónica. Sí es verdad y sabemos que otras empresas de gestión de alquiler vacacional, le obligan a permanecer un tiempo con ellas y sí es verdad que al principio es más difícil alquilar la propiedad porque no tienen comentarios de los huéspedes, pero nosotros no le obligamos a nada, puede probar con nuestra gestión y si después no le interesa por el motivo que sea, puede prescindir de nuestros servicios, es lo mas justo , sólo le pedimos que nos deje gestionar las reservas que quedan ya que terceras personas se ven implicado en ello.